Perfil de ingreso – Máster en Abogacía

Estudiantes

Información general

El estudiante para el que está pensado principalmente el Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, impartido conjuntamente con el Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, es el que está en posesión del título oficial español de Graduado o Licenciado en Derecho, o sus equivalentes en otros países que estuvieran homologados en España. Esto encuentra su justificación en el objetivo principal de este título oficial: proporcionar a los estudiantes un curso de formación comprensivo del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de abogado, así como también un período formativo de prácticas en instituciones, entidades y despachos relacionados con dicha profesión, en un contexto en el que estas dos últimas exigencias, junto a las relativas a la titulación académica y a la superación de la prueba de evaluación final acreditativa de la capacitación profesional como abogado, constituyen los requisitos para la obtención del título profesional de abogado (artículo 2.1 del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales).

Por tanto, el estudiante tipo que accede al Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria es un graduado o licenciado en Derecho que tienen la intención de presentarse a la prueba de evaluación final acreditativa de la capacitación profesional como abogado, para así poder obtener el título profesional de abogado.

No obstante, también pueden acceder al Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria estudiantes que no cumplieran los requisitos de titulación exigidos para la obtención del título profesional de abogado, pero sí los requisitos de acceso al Máster a los que se hará referencia a continuación: este sería el caso, por ejemplo, de un estudiante con
el título oficial español de Graduado en Relaciones Laborales, o de un estudiante con un título extranjero que le permite el acceso a los estudios de Máster que no tiene la correspondiente homologación. En ambos casos, se trata de estudiantes que pueden acceder al Máster en Abogacía y obtener el título correspondiente, aunque no cumplen los requisitos para la obtención deltítulo profesional de abogado.

Tampoco tiene obstáculo alguno de acceso al Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria el estudiante que cumpliendo los requisitos de acceso al Máster a los que se hará referencia a continuación pese a no tener la intención de presentarse a la prueba de evaluación acreditativa de la capacitación profesional de abogado, quisiera obtener una formación comprensiva del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de abogado, así como también un período formativo de prácticas en instituciones, entidades y despachos relacionados con dicha profesión.

De acuerdo a lo previsto en la Memoria del Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, que tiene presente fundamentalmente la normativa general aplicable, el acceso a las enseñanzas oficiales del Máster en Abogacía requerirá, estar en posesión del nivel B1 en inglés y de acuerdo con los requisitos generales del Real Decreto 1393/2007 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que faculte en el país expedidor del título para el acceso a las enseñanzas de Máster. En cuanto a los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al EEES podrán acceder a los estudios oficiales de Máster sin necesidad de homologar sus títulos si, previamente, la Universidad hubiera comprobado que acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de posgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.

Por tanto, requisitos de acceso al Máster son los siguientes:

  1. Requisito de idioma: estar en posesión del nivel B1 en inglés.
  2. Requisito de titulación: estar en posesión de cualquiera de los siguientes:
    • un título universitario oficial español que faculte al acceso a las enseñanzas de Máster;
    • un título expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que faculte en el país expedidor del título al acceso a las enseñanzas de Máster;
    • un título en sistemas educativos ajenos al EEES si la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria comprueba que acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de posgrado.

Lo anterior significa que pueden acceder al Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, pese a no reunir los requisitos para la obtención del título profesional de abogado, entre otros:

  • un graduado en Relaciones Laborales por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria u otra universidad española, que está en posesión del nivel B1 de inglés;
  • un titulado en Derecho o equivalente por una institución de educación superior fuera de España sin tener su título homologado en nuestro país, que está en posesión del nivel B1 de inglés.

De igual forma, lo anterior significa también que no pueden acceder al Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, entre otros:

  • un graduado en Derecho por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo nivel B1 de idioma para la obtención de su título de Graduado fue el francés, el italiano, el portugués, el alemán u otro distinto, y sin embargo no está en posesión del nivel B1 de inglés;
  • un licenciado en Derecho por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria que no está en posesión del nivel B1 de inglés.

De acuerdo a lo previsto en la Memoria del Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en el supuesto de existir mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas, la Comisión Académica del Máster resolverá las solicitudes de acceso dando prioridad a los solicitantes que obtengan mayor calificación sumando cada uno de los siguientes conceptos y puntuaciones que a continuación se detallan:

  1. Nota media del expediente académico (Graduado en Derecho o Licenciado en Derecho).
  2. Título de Doctor/a: 2 puntos
  3. En el caso de que el solicitante no esté en posesión del título de Doctor: el DEA o Suficiencia Investigadora: 0,5 puntos
  4. Por cada Máster oficial: 0,5 puntos
  5. Acreditación de idiomas *:
    • Nivel A (A1, A2,) 0,2 punto.
    • Nivel B (B1, B2) 0,5 punto.
    • Nivel C (C1, C2) 1.0 punto.

    * Puesto que unos de los requisitos para la admisión es estar en posesión del nivel B1 en inglés, sólo computará la acreditación de inglés desde el nivel B2 en adelante.

En los Certificados Académicos de la Titulación que da acceso al Máster deberá constar la nota media.

En la Memoria del Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria se prevé un número máximo de 150 plazas.

La admisión y matriculación en el Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria se realizará de acuerdo con las normas generales de admisión y matriculación en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y las instrucciones específicas al respecto de esta Universidad.No obstante, debe resaltarse la existencia de una previsión específica en dichas normas generales que es de aplicación específicamente al Máster en Abogacía por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria al estar relacionada esta titulación oficial con el examen de estado de acceso a la abogacía. Se trata de la llamada matrícula condicional que es posible, además de en otros supuestos generales, en un caso particular: cuando queden plazas por cubrir y al estudiante la falte el trabajo fin de grado y 12 ECTS, aunque está condicionada a que se complete este requisito antes del 31 de diciembre. Sería el caso, por ejemplo, de un estudiante que realiza la matrícula condicional en el mes de octubre, al haber quedado plazas por cubrir en el Máster, cuando aún le queda por superar dos asignaturas de 6 créditos ECTS cada una de ellas, además del trabajo fin de grado, todo lo cual después es superado en la convocatoria extraordinaria de diciembre.

Esta previsión específica está recogida en el artículo 14 e) del Reglamento de Acceso y Admisión en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para las titulaciones oficiales creadas en aplicación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria de 27 de abril de 2010, BOULPGC de 5 de mayo de 2010; modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2015, BOULPGC de 3 de diciembre de 2015):

“Artículo 14.- Solicitudes de admisión condicionadas
El Vicerrector competente podrá acordar la admisión condicionada a un Máster, previo informe de la dirección del Centro donde se imparta el título, en los siguientes supuestos (…)
e) Para asegurar la continuidad del estudiante en titulaciones con condiciones especiales de acceso al ejercicio profesional, por la existencia de un examen de estado y al estudiante le falte el trabajo de fin de grado y 12 ECTS. Este requisito debe estar completado antes del 31 de diciembre, sin posibilidad de prórroga, del curso donde se ha solicitado la matrícula condicional”.